FAVOR A LA LEY

En el artículo 13 del proyecto de constitución política o ley fundamental redactado por Juan Pablo Duarte, padre y fundador de la República Dominicana, se contempla como deber fundamental de todo ciudadano dominicano ir en auxilio de todo conciudadano que invocare verbalmente mediante la expresión “favor a la ley”. Esta especie de fórmula sacramental cívica, extraña desde el punto de vista actual pero normal desde el punto de vista de la usanza de la época, no tenía otra intención más que fomentar la cooperación y solidaridad entre los ciudadanos, concebidos como soldados en armas de una república naciente basada en el imperio de la ley y el Estado de Derecho. El patricio, distinguido por su notable sagacidad y su cultura jurídica, buscaba así establecer una cultura de respeto a la autoridad del nuevo Estado independiente y sus leyes.

De alguna u otra forma, este deber fundamental propio de las contiendas revolucionarias liberales del siglo XIX, sigue vigente a través de fórmulas que ordenan cumplir y hacer cumplir las leyes de la república, consagrado por el artículo 75 de la Carta Magna dominicana del año 2010 y modificada en el año 2015. Es así como todos los ciudadanos, al amparo del mismo espíritu duartiano de 1844, seguimos siendo concebidos como soldados de una república que aun lucha por su soberanía, y como guardianes del imperio de la ley y la autoridad legítima. Lo que implica, también, un elevado espíritu de responsabilidad y elegancia a la hora de opinar públicamente sobre la idoneidad o no de las normas, máxime cuando se trata de aquellas que protegen y operativizan los derechos fundamentales, como es el caso de la protección de datos personales consagrada por el artículo 44 de la Constitución.

A raíz de análisis diarios de informaciones provenientes de la prensa y otras fuentes abiertas, la Asociación Dominicana de Protección de Datos (ADPD) ha podido identificar un patrón de opinión pública en detrimento de la Ley 172-13 del año 2013 integral de protección de datos personales. A razón de dos oleadas por período fiscal, aproximadamente desde el año 2014 se están reportando picos de opinión y campañas en contra de esta ley orgánica, sin que la mayoría de sus detractores den a conocer sus intenciones y sus patrocinadores. Del mismo modo, pero de forma independiente, también se han verificado picos de opinión pública negativa provenientes de algunos precandidatos y candidatos a senadores y diputados de varios partidos políticos, en los procesos electorales de 2016, 2020 y 2024; haciéndose común la idea de que supuestamente la Ley 172-13 es “obsoleta”, “no cumple su cometido” y “hay que modificarla”.

Sin embargo, otro elemento común que fácilmente se puede detectar de forma general entre los detractores de nuestra ley de protección de datos personales, es precisamente la nula o poca disposición a detallar cuáles son las disposiciones que deberían, a su juicio, mejorarse, modificarse o derogarse. Hemos estado presenciando entonces un despliegue, muchas veces silencioso y de bajo perfil, de una gran irresponsabilidad colectiva que riñe con la fórmula verbal duartiana de “favor a la ley”.

Desde la ADPD no nos oponemos, a la constante y gradual reforma y modernización de todas y cada una de las leyes de la república. Sin embargo, entendemos que dicho ejercicio debe basarse en la responsabilidad, el estudio y, sobre todo, en la auditoría social que revele el nivel de cumplimiento e implementación de la norma, antes que hablar de su modificación con todos los peligros que entrañan tales pretensiones para los avances logrados con anterioridad. Vemos con preocupación que algunos sectores económicos, financieros y políticos, visiblemente acorralados por las conquistas logradas a través de la Ley 172-13 y acostumbrados al imperio del desorden y la ley del más fuerte, patrocinen voces públicas detractoras de la norma, bajo un supuesto paraguas de interés de mejorarla.

La Asociación Dominicana de Protección de Datos (ADPD) ha denunciado y seguirá denunciando tales despropósitos con los derechos fundamentales de los habitantes de la república y llama la atención sobre la necesidad de defender los avances logrados por la Ley 172-13, tales como la regulación de los derechos ARCO, la regulación de las sociedades de información crediticia, la regulación de un régimen de responsabilidad civil especial, la previsión de los códigos de conductas sectoriales, la regulación de la transferencia internacional de datos, entre otros no menos importantes y que una gran cantidad de países aún no visualizan como objeto de regulación. Se cuestiona además que, ante el incumplimiento de más de dos tercios de las disposiciones de la norma, existan todo un movimiento en contra de ella y pretenda asesinarla antes de cumplir la mayoría de edad.

Desde la ADPD, a viva voz y con un intachable espíritu duartiano gritamos “favor a la ley de protección de datos”. Seguiremos monitoreando y vigilando a los que pretenden retrotraernos en la vigencia del derecho fundamental a la protección de datos y la autodeterminación informativa.

Hasta entonces.

Por: Nilo De La Rosa